Las sanciones de tráfico menos conocidas
Todos los conductores sabemos que para evitar posibles multas de tráfico debemos conducir correctamente, sin sobrepasar la velocidad permitida o sin haber consumido bebidas alcohólicas, no obstante, hay otras prácticas que también son sancionables que no son tan conocidas.
Estas sanciones no se recogen explícitamente en el Reglamento General de Circulación, no obstante, pueden ocasionarse por la interpretación de los artículos. Estas son las causas de sanciones menos conocidas:
- Conducir en sandalias, chanclas, o descalzos. Conducir en estas condiciones puede suponer un menor control en el vehículo, por lo que se está incumpliendo el artículo 17 del Reglamento General de Circulación, en el que se establece que se ha de tener control sobre el vehículo en todo momento.
- Sacar la mano o el codo por la ventanilla mientras se está conduciendo. esta sanción se recoge en el artículo 18.1 del Reglamento, que establece que la posición debe ser adecuada.
- Maquillarse o comer: Esta infracción se recoge también en el artículo 18, cuando dice que hay que prestar una constante atención a la conducción.
- Llevar en el vehículo un cartel de “se vende”. También puede ser sancionable por el artículo 18 del reglamento, ya que puede dificultar la visibilidad para el conductor del vehículo. También, algunos ayuntamientos sancionan esta práctica por usar la vía pública como escaparate.
- Tocar el claxon. Puede ser motivo de multa si se utiliza para otro fin que los establecidos en el artículo 110 del reglamento, es decir, si la causa no es ni advertir de un posible accidente, ni para avisar de un adelantamiento, ni para mostrar la presencia del conductor a los demás usuarios.
- Circular por el carril izquierdo o central estando el derecho libre. Esta sanción sale de la interpretación del artículo 31 del reglamento, que establece que los vehículos deberán circular por la derecha fuera de poblado y en calzadas de dos o tres carriles.