La reforma del Reglamento General de Circulación propone la prohibición de los detectores de radar

1908-radares-dgt-1_thumb_eSegún reza el borrador, “se prohíbe que en los vehículos se instalen mecanismos o sistemas, se lleven instrumentos o se acondicionen de forma encaminada a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que se emitan o hagan señales con dicha finalidad, así como la utilización de mecanismos de detección de radar”.

Hasta ahora, la última reforma de la Ley de Tráfico solo vetaba la utilización de inhibidores de radar, es decir, sistemas que interfieren en la señal del radar e impiden que detecte a los vehículos que exceden la velocidad permitida. De hecho, en la web de Tráfico se pueden consultar donde están instalados los radares fijos. La ventaja de los detectores es que también localizan los radares móviles.

La asociación de conductores DVuelta critica duramente esta prohibición porque cree que obedece a que la proliferación de estos sistemas “ha mermado los ingresos de la DGT en un 10%”. “Quien va a una velocidad adecuada, no necesita detectores”, defienden, en cambio, desde las asociaciones de víctimas de accidentes.

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